Hola Lole,
Siempre empiezo diciendo que vender por internet sin estar dado de alta de autónomo está en el límite de la ley y se basa en el requisito de “habitualidad” que va implícito con el ser autónomo. Lo comento porque al final en función del funcionario que te atienda puede verlo correcto o no. Lo que si que está claro que los ingresos deben ser bajos.
Dicho esto, solo dado de alta en el IAE podrías comprar y vender con el número del DNI. Le mandarías al proveedor el alta en el modelo 036, si te lo pide.
Respecto al IVA en otra consulta anterior comenté al respecto (la consulta la realizó Gabi Marquez hace unos 2 meses, la puedes ver). En resumen indico que si vas a vender a persona física lo ideal es que trabajes con recargo de equivalencia (el proveedor te aplica un % adicional al IVA) y te liberas de tener que presentar declaraciones de IVA trimestrales en las que además entiendo que no te podrías deducir el IVA soportado.
Espero haberte ayudado. De todas formas te recomiendo que lo consultes en Hacienda o a un asesor para que te lo deje claro.
Un saludo,
@VictorVillalta